¿Cómo se calcula la indemnización por negligencia médica?
Una de las partes más importantes del proceso de reclamación por negligencia médica, es el cálculo de la indemnización, es decir, la cuantía económica que se va a reclamar por todos los daños sufridos por el paciente o por sus familiares.
Para el cálculo de la indemnización por negligencia médica, existen diferentes fórmulas. El abogado que lleve su caso, elegirá un sistema u otro en función de las posibilidades de éxito, pero también, atendiendo a la cuantía indemnizatoria, es decir, se primará, siempre que se pueda, por el sistema que mayor indemnización arroje.
Cuando el daño sufrido es muy grave, o se ha producido un fallecimiento inesperado, es importante valorar la viabilidad del caso con abogados especializados en grandes lesionados, ya que, un procedimiento mal planteado, puede tener consecuencias indeseables para el paciente.
El baremo económico de daño corporal.
La fórmula más empleada para el cálculo de la indemnización por mala praxis médica, es el baremo económico de daño corporal para accidentes de tráfico de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre.
Aunque sea un baremo que se creó específicamente para reparar económicamente el daño sufrido en accidentes de tráfico, éste proporciona un criterio objetivo para poder hacer un cálculo atendiendo a las circunstancias de la persona que ha sufrido el daño, por lo que generalmente, se emplea por abogados y jueces en otro tipo de procedimientos en los que una persona ha sufrido un daño.
El baremo de circulación, toma en consideración factores como la edad de sujeto, la gravedad de las secuelas sufridas, el tiempo de baja médica, si ha estado hospitalizado, si ha resultado incapacitado como consecuencia del accidente, personas a su cargo, si necesita ayuda de terceras personas o si se va a precisar de tratamientos médicos en el futuro, entre otras cuestiones.
En caso de muerte del paciente, la indemnización por negligencia médica, se puede calcular atendiendo al mismo baremo, pero los beneficiarios serán sus familiares directos (pareja, hijos, hermanos o padres), teniendo en cuenta la edad del fallecido y de los solicitantes, así como su situación personal. Sin embargo también es habitual que la indemnización se calcule atendiendo al daño moral que se ocasiona a los familiares.