Inicio » Incapacidad Permanente » Incapacidad Permanente Parcial

Abogados Incapacidad permanente parcial en Las Palmas y Tenerife

La incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, es una pensión que se otorga al trabajador que, como consecuencia de una enfermedad o limitación grave e incurable, presenta una disminución en su capacidad de trabajo igual o superior al 33%, pero, por el contrario, puede realizar las tareas fundamentales de su profesión habitual.

pension incapacidad parcial

Aunque una persona sufra una enfermedad que le incapacita para realizar las funciones fundamentales de su trabajo, puede solicitar a la empresa una adaptación del puesto de trabajo, de manera que el mismo pueda llegar a ser compatible con las limitaciones que presenta para el trabajador.

Si la adaptación del puesto de trabajo es imposible, ya que la empresa no tiene otros puestos en que pueda ser reubicado, en lugar de una incapacidad permanente parcial, quizás tenga derecho a una pensión de incapacidad permanente total para profesión habitual, cuya principal diferencia es, que la cuantía que va percibir es mayor.

El beneficiario de una incapacidad permanente parcial para profesión habitual, obtendrá una prestación económica que consiste en una indemnización en un solo pago igual a 24 mensualidades de la base reguladora, y los efectos económicos serán, a partir de la resolución que reconoce la pensión, o desde la fecha de la solicitud si el reconocimiento no se hace de oficio por la seguridad social.

Si desea saber de manera más pormenorizada las cuantías de la pensión de incapacidad, visite nuestra publicación sobre cómo calcular las pensiones de incapacidad laboral.

Requisitos de la incapacidad permanente parcial.

Los requisitos para obtener una incapacidad permanente parcial son, no haber llegado a la edad legal de jubilación; estar de alta en la seguridad social, o en situación asimilada al alta; y tener un tiempo mínimo de cotización si la incapacidad deriva de enfermedad común.

Cuando la incapacidad permanente parcial para profesión habitual deriva de accidente laboral o enfermedad profesional, no será necesario un período de cotización previa.

Compatibilidades de la pensión de incapacidad parcial.

Debe saber, que la incapacidad permanente parcial, es compatible, además de con su profesión habitual, con el desarrollo de cualquier otra actividad laboral, tanto por cuenta ajena como por cuenta propia.

Cómo solicitar una pensión de incapacidad permanente parcial.

Si la seguridad Social no se la reconoce de oficio, la persona interesada tendrá que solicitar la incapacidad permanente parcial personalmente o mediante abogados laboralistas, en el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), ya sea presencialmente en sus oficinas, o mediante certificación digital en la propia página de la seguridad social.

La solicitud de incapacidad permanente parcial para profesión habitual, deberá solicitarse presencialmente o por certificado digital ante el Instituto Social de la Marina (ISM), si se trata de trabajadores incluidos en el campo de aplicación del Régimen Especial del Mar.

Visitre nuestra publicación sobre los documentos necesarios para solicitar una incapacidad laboral.

Quién paga la pensión de incapacidad permanente parcial.

El pago de la pensión de incapacidad permanente parcial para profesión habitual se realizará por:

  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), o la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social, en su caso, cuando la incapacidad permanente derive de enfermedad profesional.
  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o, en su caso, el Instituto Social de la Marina (ISM), cuando se trata de empleados afiliados al régimen del mar y cuando la incapacidad se derive de enfermedad común o accidente no laboral.
  • El Instituto Nacional de la Seguridad Social o la Mutua Colaboradora con la Seguridad social, en su caso, cuando derive de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

La solicitud de una pensión de incapacidad permanente parcial para profesión habitual, deberá formularse dentro de los plazos específicos que fija la norma, y que generalmente son muy cortos, siendo aconsejable para ello que busque asesoramiento de abogados laboralistas especialistas en derecho sanitario.

¿Quiere solicitar una pensión de incapacidad?

Consulta con abogados laboralistas especializados en derecho sanitario.

Contactar
Nuestras Sedes
  • Las Palmas: Abogados especialistas en incapacidad permanente parcial en Las Palmas.
  • Tenerife: Abogados especialistas en incapacidad permanente parcial en Tenerife.
  • Madrid: Abogados especialistas en incapacidad permanente parcial en Madrid.