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Abogados Gran Invalidez Las Palmas y Tenerife

Somos Atlante Legal, un bufete de abogados especializado en Gran Invalidez con despacho profesional en Las Palmas de Gran Canaria y en Santa Cruz de Tenerife.

Debido a nuestra condición de abogados especializados en Derecho Sanitario, tenemos una experiencia en procedimientos de Gran Invalidez especialmente complejos.

Si está planteándose mejorar su prestación de incapacidad a una Gran Invalidez y desea contar con una defensa jurídica de calidad, le sugerimos que contacte con nosotros.

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1. ¿Qué es la Gran Invalidez?

La Gran Invalidez —también conocida como gran incapacidad tras la reforma de abril de 2025— es el grado máximo de incapacidad permanente reconocido por la Seguridad Social.

La Gran Invalidez o Gran Incapacidad se concede cuando una persona no solo está incapacitada para desempeñar todo tipo de trabajo, sino que, además, requiere de la asistencia de un tercero para realizar actos esenciales de la vida diaria, como por ejemplo, comer, vestirse, asearse o desplazarse.

La Gran Invalidez o Gran Incapacidad, da derecho a percibir una pensión vitalicia con un complemento económico específico destinado a costear esa ayuda que precisa la persona.

2. Beneficiarios de la prestación por Gran Invalidez.

El reconocimiento de la Gran Invalidez o Gran Incapacidad no depende únicamente del diagnóstico de una enfermedad grave e incapacitante, sino que también será necesario analizar las secuelas que presenta la persona y el grado de dependencia funcional que las mismas le provocan.

Entre los casos más comunes de Gran Invalidez podemos distinguir:

Personas con lesiones medulares.

Pacientes con enfermedades neurodegenerativas avanzadas, como ELA o demencias severas.

Víctimas de accidentes laborales o de tráfico con secuelas irreversibles.

Casos de ceguera total.

En Atlante Legal, con la asistencia de nuestros peritos especialistas en Gran Invalidez de Las Palmas y Tenerife, valoramos si se cumplen las condiciones necesarias para solicitar esta pensión.

3. Requisitos para el reconocimiento de la Gran Invalidez.

Para poder acceder a la prestación de Gran Invalidez o Gran Incapacidad, es necesario cumplir tres requisitos clave:

  1. Estar en situación de alta en la Seguridad Social o asimilada al alta.
  2. No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación.
  3. Tener un período mínimo de cotización.

Mayores de 31 años: Al menos una cuarta parte del tiempo cotizado debe de estar entre los 20 años y la fecha del hecho causante con un mínimo de 5 años cotizados.

De este tiempo obligatorio de cotización, al menos una quinta parte debe de comprenderse en los últimos 10 años antes de la fecha del hecho causante. 

  Menores de 31 años: Al menos una tercera parte del tiempo cotizado debe estar entre los 16 años y la fecha del hecho causante.

Esta obligación es únicamente respecto a personas cuya patología derive de enfermedad común o accidente no laboral. Es decir, no se exige periodo mínimo de cotización cuando la causa es accidente laboral o enfermedad profesional.

4. Cuantía de la prestación por Gran Invalidez

La pensión por Gran Invalidez o Gran Incapacidad se calcula partiendo del 100 % de la base reguladora, que es lo que le correspondería a una persona que pretende reclamar la incapacidad permanente absoluta.

A este porcentaje de la base reguladora, se le añade un complemento económico destinado a cubrir los costes derivados de la ayuda de una persona cuidadora. En términos prácticos, la prestación por Gran Invalidez puede suponer entre un 30 % y un 50 % adicional sobre la pensión base.

IMPORTANTE: La pensión de Gran Invalidez está exenta de IRPF.

Si desea conocer la cuantía de la pensión que le correspondería por la Gran Invalidez o Gran Incapacidad, nuestros abogados especializados en Incapacidad Laboral pueden ayudarle. Tenemos oficina en Las Palmas y Tenerife.

5. Cómo solicitar la Gran Invalidez.

El procedimiento comienza con una solicitud ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), acompañada de toda la documentación médica y laboral relevante. La Seguridad Social valorará el caso a través de su Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI), que emitirá un dictamen.

La resolución debe notificarse en un plazo de 135 días hábiles. Si se produce una denegación, no se contesta en plazo o el grado reconocido es inferior al solicitado, se abre la posibilidad de presentar una reclamación previa y, si la misma es igualmente desestimada, acudir a los tribunales de lo social.

En Atlante Legal nos ocupamos de todo el proceso, desde la interposición de la solicitud inicial hasta la defensa judicial.

Nuestra experiencia como abogados de Gran Invalidez en Las Palmas y Tenerife nos permite anticiparnos a los argumentos más frecuentes del INSS y construir, con el apoyo de nuestros peritos, un enfoque probatorio sólido.

6. Plazos en el procedimiento por Gran Invalidez.

PLAZOS EN EL PROCEDIMIENTO DE GRAN INVALIDEZ

135 días

Resolución solicitud inicial

30 días

Reclamación previa

45 días

Resolución de la reclamación previa

30 días

Interposición de la demanda

7. ¿Puedo solicitar la gran invalidez si ya cobro una pensión?

Sí, es posible. De hecho, hay personas que han sido reconocidas inicialmente con un grado de incapacidad inferior —como la incapacidad permanente total o la absoluta— y que, con el paso del tiempo, han visto agravada su situación médica hasta requerir ayuda constante de terceras personas.

En esos casos, puede solicitarse una revisión por agravación, que permita el acceso a la gran invalidez y al complemento correspondiente.

También es viable iniciar este proceso tras una sentencia firme por incapacidad absoluta, si se acredita que las condiciones de la persona beneficiaria han cambiado.

8. ¿Cómo ayudamos a las personas que acuden a nosotros?.

SOLICITUD INICIAL: Formulamos la solicitud inicial de Gran Invalidez argumentando las circunstancias específicas que reúne el paciente y las necesidades de ayuda de terceros.

CONTROL DE PLAZOS: Contamos con un eficiente sistema de agenda electrónica para controlar los plazos que hay que observar durante el proceso de Gran Invalidez.

ASESORAMIENTO DOCUMENTAL: Le asesoramos sobre el tipo de documentación que debe de recabar para maximizar las posibilidades de obtener una prestación de Gran Invalidez.

ASESORAMIENTO PERICIAL: Ponemos a disposición del paciente peritos y asesores médicos de cualquier especialidad clínica. Contamos con una red de peritos de reconocido prestigio en todo el territorio nacional.

PROCEDIMIENTO JUDICIAL: Asumimos la defensa jurídica del trabajador en todo tipo de procedimientos judiciales en materia de incapacidad. Tenemos experiencia en casos especialmente complejos.

¿Le ayudamos a tramitar la Gran Invalidez?

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