Existe una extendida creencia de que los trabajadores autónomos no tienen derecho a prestación alguna si sufren un accidente durante el desarrollo de su actividad. Si bien es cierto que durante muchos años la protección de los autónomos frente a las contingencias profesionales fue voluntaria, la realidad actual es muy distinta.
En este artículo exponemos algunos de los aspectos clave en relación con el accidente de trabajo de los trabajadores autónomos.
Accidente de trabajo en autónomos
- ¿Qué se considera accidente de trabajo en autónomos?
- ¿Qué autónomos tienen derecho a prestación por accidente de trabajo?
- ¿A qué prestaciones tiene derecho un autónomo que ha sufrido un accidente de trabajo?
- ¿Qué hacer si soy autónomo y he sufrido un accidente de trabajo?
- ¿Qué hacer si soy autónomo y la mutua no reconoce el accidente de trabajo?
- Preguntas frecuentes sobre el accidente de trabajo en autónomos
1. ¿Qué se considera accidente de trabajo en autónomos?
De acuerdo con la Ley General de la Seguridad Social, se entienden como accidentes de trabajo los siguientes:
✔ El ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación de este régimen especial
✔ También se entenderá como accidente de trabajo el sufrido al ir o al volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional. Es lo que se conoce como accidente in itinere.
A estos efectos se entenderá como lugar de la prestación el establecimiento en donde el trabajador autónomo ejerza habitualmente su actividad siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con el local, nave u oficina declarado como afecto a la actividad económica a efectos fiscales.
✔ Por su parte, si se trata de un trabajador autónomo económicamente dependiente, se entenderá por accidente de trabajo toda lesión corporal del que sufra con ocasión o por consecuencia de la actividad profesional desempeñada.
Se considera también accidente de trabajo el que sufra el trabajador autónomo económicamente dependiente al ir o volver del lugar de la prestación de la actividad, o por causa o consecuencia de la misma.
Un trabajador autónomo económicamente dependiente (TRADE) es aquel que factura al menos el 75 % de sus ingresos a un solo cliente
📌EJEMPLO: Un electricista dado de alta en el régimen de autónomos que sufre una fractura al caerse de una escalera mientras realiza una instalación eléctrica en la casa de uno de sus clientes.
📌EJEMPLO: Accidente de tráfico en el que se ve implicado un carpintero que se dirige a su taller y en el que sufre daños en la columna cervical.
❌ No son accidente de trabajo los ocasionados por fuerza mayor ajena al trabajo, como pueden ser los daños sufridos como consecuencia del impacto de un rayo; ni los que sean causados por dolo o imprudencia temeraria del trabajador, como pudiera ser las lesiones de un trabajador que ignora las medidas de seguridad más básicas de su profesión.
💡En los accidentes sufridos por autónomos debe tenerse en cuenta la menor operatividad de la presunción de laboralidad. A diferencia de lo que ocurre con los trabajadores por cuenta ajena, el autónomo debe acreditar con especial cuidado la conexión directa e inmediata entre el accidente y su actividad profesional.
⚖️ La STSJ Cataluña 5768/2022, de 3 de noviembre, recuerda que el accidente in itinere del autónomo tiene una configuración más estricta que el del trabajador por cuenta ajena, especialmente en lo relativo al trayecto protegido y al lugar de prestación de la actividad.
⚖️ La STSJ Andalucía 1476/2020, de 12 de junio, rechaza la calificación como accidente de trabajo cuando no queda acreditada la relación directa entre la lesión sufrida y la actividad profesional desarrollada, especialmente si existen antecedentes médicos relevantes.
En Atlante Legal, como bufete de abogados especializado en accidentes de trabajo con daños graves, podemos ayudarle a reclamar las prestaciones y derechos que le correspondan.
2. ¿Qué autónomos tienen derecho a prestación por accidente de trabajo?
Desde 2019, con carácter general, la cobertura de las contingencias profesionales es obligatoria para los trabajadores autónomos, sin perjuicio de las especialidades aplicables a determinados colectivos, como los trabajadores por cuenta propia agrarios.
En consecuencia, desde que el autónomo solicita su alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) con elección de una mutua colaboradora de la seguridad social para la protección de la incapacidad temporal y de las contingencias profesionales, este ya se encuentra dentro del ámbito de la protección por accidente de trabajo.
En concreto, los requisitos para acceder a una prestación por accidente de trabajo son los siguientes:
1. Estar afiliado y dado de alta en el RETA.
2. Encontrarse al corriente del pago de cotizaciones a la seguridad social. Se trata de un requisito indispensable al ser los autónomos el sujeto responsable en orden al cumplimiento de sus propias obligaciones de seguridad social.
No obstante, si se reúnen todos los requisitos salvo el de estar al corriente del pago, una vez solicitada la prestación recibirá una invitación de la entidad gestora para que en el plazo improrrogable de 30 días naturales ingrese las cuotas debidas.
Si se ingresan tales cuantías en plazo, se considerará al solicitante al corriente de sus obligaciones.
Si realiza el ingreso fuera de plazo:
- Se reconoce la prestación menos un veinte por ciento, si son prestaciones de pago único o subsidios temporales.
- Se reconocerá el derecho con efectos a partir del primer día del mes siguiente al pago, si se trata de pensiones.
Esta posibilidad se conoce como invitación al pago y se regula en el artículo 47 LGSS, en relación con el artículo 28.2 del Decreto 2530/1970.
3. Que el accidente pueda encuadrarse en la definición legal de accidente de trabajo, según la definición legalmente establecida para los autónomos.
4. Al tratarse de un accidente, las prestaciones que puedan causarse no requieren de un periodo mínimo de cotización previa.
3. ¿A qué prestaciones tiene derecho un autónomo que ha sufrido un accidente de trabajo?
La acción protectora abarca los siguientes conceptos:
1. La asistencia sanitaria y recuperación profesional, en relación con los daños sufridos por el accidente.
2. Incapacidad temporal.
Lo más común es que el autónomo que ha sufrido un accidente de trabajo vaya a encontrarse temporalmente incapacitado para su trabajo.
En tales casos, la norma le reconoce el derecho a recibir una prestación mensual equivalente al 75% del importe de su base de cotización correspondiente al mes anterior al de la baja médica, desde el día siguiente al de dicha baja.
Asimismo, si la situación de incapacidad temporal se prolonga durante más de 60 días, desde el día 61 las cotizaciones a la seguridad social serán asumidas por la mutua colaboradora.
La prestación de incapacidad temporal tendrá una duración máxima de 365 días, prorrogable por otros 180 días adicionales, transcurridos los cuales será dado de alta o se incoará un procedimiento de incapacidad.
3. Incapacidad Permanente
Si el trabajador hubiese sufrido lesiones de carácter permanente como consecuencia del accidente, éste podrá acceder a las prestaciones de incapacidad permanente en sus grados de parcial, total, absoluta o gran invalidez.
Por ejemplo, la incapacidad permanente total impide al autónomo continuar con su profesión habitual; la incapacidad permanente absoluta le inhabilita para cualquier profesión u oficio y la gran invalidez o gran incapacidad, le otorga un derecho a percibir un complemento adicional por ser dependiente de terceras personas.
Por ello, para determinar el grado de incapacidad, resulta indispensable valorar el impacto de las lesiones producidas sobre las funciones propias de la profesión del autónomo.
En Atlante Legal somos abogados especialistas en reclamar pensiones de incapacidad permanente para autónomos.
4. Prestaciones por muerte y supervivencia.
Si el trabajador autónomo falleciera como consecuencia de un accidente de trabajo, sus familiares podrán tener derecho al auxilio por defunción, que conlleva el pago de una cuantía para la cobertura de los gastos de sepelio; a la pensión vitalicia o prestación temporal de viudedad; así como a la pensión de orfandad. Además, habrá derecho a percibir una indemnización de pago único.
Si es familiar de un autónomo fallecido por accidente de trabajo, en Atlante Legal podemos ayudarle a reclamar las prestaciones a las que tiene derecho.
4. ¿Qué hacer si soy autónomo y he sufrido un accidente de trabajo?
En primer lugar, el autónomo accidentado debe poner el accidente en conocimiento de la mutua con la que tenga suscrita la cobertura de las contingencias profesionales tan pronto como resulte posible.
Cuando resulte obligatorio, deberá tramitarse el parte de accidente de trabajo a través del Sistema Delt@, normalmente en el plazo de cinco días hábiles desde la fecha del accidente o desde la baja médica.
Si el autónomo es dado de baja laboral, este deberá presentar por medio del mismo sistema Delt@ determinados documentos, entre los que se encuentran el Modelo 145, el parte de baja, y el informe de actividad, que puede obtenerse en la sede electrónica de la seguridad social.
5. ¿Qué hacer si la mutua no reconoce el accidente de trabajo?
Si la mutua considera que la baja deriva de contingencia común y no de accidente de trabajo, el autónomo puede iniciar un procedimiento de determinación de contingencia ante el INSS.
Este trámite es especialmente importante, pues las consecuencias económicas del accidente serán mucho más favorables para el trabajador, ya que afecta al importe de la prestación, a los requisitos para el acceso a la misma, así como en relación a futuras prestaciones de incapacidad permanente o muerte y supervivencia.
Atlante Legal es un despacho especializado en derecho sanitario y laboral que cuenta con letrados de dilatada experiencia en la reclamación de prestaciones por accidentes de trabajo de autónomos en Las Palmas y Tenerife.
💡Consejo Legal
La mutua no tiene la última palabra. Si no reconoce el accidente de trabajo, puedes solicitar una determinación de contingencia ante el INSS.
6. Preguntas frecuentes de autónomos que han sufrido accidente de trabajo
Sí. Si el accidente cumple los requisitos legales, el autónomo puede tener derecho a incapacidad temporal derivada de contingencia profesional.
Con carácter general, el 75% de la base reguladora desde el día siguiente al de la baja médica.
No. En caso de accidente, sea o no de trabajo, no se exige periodo previo de cotización.
Durante los primeros 60 días, sí. Desde el día 61, corresponde a la mutua colaboradora o, en su caso, al SEPE hacer efectivo el pago de las cuotas.
Puede solicitarse la determinación de contingencia ante el INSS para discutir si la baja deriva de accidente de trabajo o de contingencia común.
Cómo podemos ayudarte.
Atlante Legal es un bufete especializado en Accidentes de Trabajo con una larga trayectoria en el asesoramiento a trabajadores autónomos.
Tenemos experiencia en el asesoramiento y defensa jurídica en procedimientos por accidente de trabajo de especial gravedad.
🏛️ Servicios que prestamos
✔ Asesoramiento jurídico
✔ Denuncia ante la Inspección de Trabajo
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✔ Indemnización por daños sufridos en accidente de trabajo
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