Muchas mujeres acuden anualmente a bufetes de abogados de nuestro país para informarse sobre si es posible solicitar una incapacidad permanente por fibromialgia. Digo mujeres, porque según las estadísticas que proporciona la Organización Mundial de la Salud, la fibromialgia, es una patología, que afecta, casi en un 90 % de los casos documentados, al sexo femenino.

Los juristas podemos corroborar estas estadísticas analizando una muestra de las más de 30.000 sentencias que se han dictado por los Tribunales Superiores de Justicia en España, en las que, de una u otra manera, figura la fibromialgia como dolencia susceptible de ocasionar limitaciones incompatibles con el trabajo.

Para quien no esté familiarizado con el concepto, debe saber que la fibromialgia, es una patología crónica y de origen desconocido, que puede producir, a quien la padece, dolor generalizado, fatiga, trastornos del sueño, rigidez muscular, problemas cognitivos y trastornos del estado de ánimo, entre otros síntomas.

Desde que a principios de los años 90 comenzó a aparecer la fibromialgia como una patología incapacitante, y a medida que ha ido aumentando el conocimiento que se tiene sobre la misma, se han ido definiendo por la jurisprudencia una serie de requisitos que deberían de tenerse en cuenta si se pretende solicitar una incapacidad permanente por fibromialgia.

Esta creación de criterios jurisprudenciales nunca cesa, y constantemente aparecen nuevas resoluciones que, a la luz del avance de la ciencia, vienen a definir con más concreción los elementos necesarios para reclamar. Por ello, antes de iniciar cada procedimiento, es importante conocer hasta la última sentencia relevante que se haya podido dictar y que pueda aportar algo de luz para hacer valer con eficacia los derechos de las personas afectadas.

A pesar de los avances que se han dado para la consideración de la fibromialgia como una patología incapacitante, no puede negarse el alto grado de incomprensión social e institucional en que siguen encontrando las personas afectadas, quienes, en muchos casos, sufren falta de credibilidad, no solamente por parte de su entorno, sino también por los médicos llamados a diagnosticar.

¿Pero, qué dice la jurisprudencia actual sobre la posibilidad de obtener una incapacidad permanente por fibromialgia?.

La Sala de lo Social del Tribunal de Justicia de Cataluña, uno de los tribunales más prolíficos en materia de incapacidad permanente por fibromialgia, ha establecido las bases para reclamar. De esta corriente doctrinal, se han hecho eco otros Tribunales de Justicia, como por ejemplo el TSJ de Madrid, el TSJ de Andalucía, el TSJ de Cantabria y el TSJ de Canarias, entre otros.

En líneas generales, estas resoluciones coinciden en que el diagnóstico de fibromialgia, no determina automáticamente el reconocimiento de un grado de incapacidad permanente por fibromialgia, siendo necesario, además del diagnóstico diferencial, la comprobación del número de puntos gatillo positivos, el tiempo de evolución de la enfermedad, el tratamiento específico prescrito a la afectada y la respuesta a los mismos, así como, el nivel de repercusión funcional que se produce en cada caso en concreto.

Sí parecen coincidir las resoluciones judiciales más recientes, en que se suele apreciar una severidad notoria de la fibromialgia cuando concurre con otras enfermedades, como depresiones severas y dolencias graves del sistema músculo esquelético o la necesidad de tratamiento para el dolor crónico con analgésicos de segundo o tercer escalón, ya que estas patologías, consideradas en su conjunto, pueden generar limitaciones importantes para la vida diaria, y por extensión, para la actividad laboral.

Por ello, si ha sido diagnosticada de fibromialgia o presenta síntomas y limitaciones que le condicionan en gran medida su capacidad laboral, debe de reunir los requisitos establecidos por la jurisprudencia para maximizar las posibilidades de obtener una resolución a su favor a la hora de solicitar una incapacidad laboral.

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