El acoso laboral o “mobbing”, es una problemática que puede afectar gravemente la salud física y mental de los trabajadores. Reconocer estas situaciones como accidente de trabajo es esencial para garantizar los derechos de las personas afectadas.
Cuando un trabajador es sometido a una situación de acoso laboral y, como consecuencia, desarrolla patologías que le impiden desempeñar su trabajo, puede encontrarse en situación de incapacidad temporal. Sin embargo, en la mayoría de estos casos, la causa no se califica como accidente de trabajo, sino como enfermedad común, lo que produce una importante limitación de los derechos de la persona trabajadora.
En este artículo, explicaremos las obligaciones empresariales en materia de prevención del acoso, los pasos que debe seguir un trabajador para lograr que se reconozca el acoso como accidente de trabajo y la normativa que regula este proceso.
El acoso laboral como accidente de trabajo.
- Cómo planificar la prevención del acoso laboral.
- Protocolo empresarial contra el acoso laboral.
- Pasos para el reconocimiento del Acoso Laboral como Accidente de Trabajo.
- Requisitos legales para demostrar el accidente de trabajo.
- Qué derechos tengo una vez se ha reconocido el accidente laboral.
- ¿Qué normas regulan la actividad preventiva en materia de acoso?
- Sentencias relevantes sobre Acoso Laboral.
- Conclusión.
1. Cómo planificar la prevención del acoso laboral.
La planificación de la actividad preventiva es una obligación del empresario para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Este proceso debe estar documentado, debiendo seguirse, por parte de la empresa, una serie de pasos que permitan una gestión eficaz de los riesgos laborales.
Entre las medidas empresariales de obligado cumplimiento para la prevención del acoso laboral, con carácter general, se pueden destacar: el plan de prevención de riesgos laborales, la evaluación de riesgos y la planificación de la actividad preventiva.
La empresa debe mantener actualizados los documentos y protocolos que conforman la actividad preventiva, ya que su falta de actualización, puede llevar implícita responsabilidad empresarial en caso de que la persona trabajadora sufra daños por acoso laboral.
La realidad es que, muchas empresas de nuestro país, no cuentan con protocolos encaminados a prevenir conductas constitutivas de acoso, produciéndose daños que podrían evitarse, e incurriendo por ello, en responsabilidad por incumplir las obligaciones de prevención de riesgos laborales.
2. Protocolo empresarial contra el Acoso Laboral.
Dentro de la planificación de la actividad preventiva, la empresa debe desarrollar e implementar protocolos específicos para prevenir y gestionar situaciones de acoso laboral. Todo protocolo contra el acoso laboral, debe de contar, al menos, con las siguientes cuestiones:
- Procedimiento de Denuncia Interna: Establecer canales confidenciales y seguros para que los trabajadores puedan reportar situaciones de acoso.
- Investigación Interna: Procedimientos para investigar las denuncias de manera imparcial y respetuosa con todas las partes implicadas.
- Medidas de Protección: Acciones inmediatas para proteger al trabajador afectado durante la investigación, como por ejemplo, evitar el contacto directo o indirecto entre el trabajador y la persona acosadora.
- Formación y Sensibilización: Programas para educar al personal sobre el acoso laboral y promover un ambiente de respeto.
Desde que tiene conocimiento de una posible situación de acoso, la empresa debe implementar el protocolo anti acoso para evitar o minimizar los daños que pudiera sufrir el trabajador.
3. Pasos para el Reconocimiento del Acoso Laboral como Accidente de Trabajo.
Cuando el trabajador que ha sufrido una incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, pretende que se reconozca que su enfermedad es consecuencia de un accidente de trabajo, debe de seguir los siguientes pasos para documentar correctamente todo el proceso.
- Registrar Incidentes: Anotar fechas, horas, lugares y detalles de cada incidente de acoso.
- Guardar Comunicaciones: Conservar correos electrónicos, mensajes y cualquier comunicación relacionada con el acto constitutivo de acoso. Intentar captar estas situaciones mediante dispositivos de videograbación que puedan servir como prueba en futuros procesos judiciales.
- Testigos: Identificar a compañeros que puedan atestiguar sobre las situaciones vividas.
- Comunicación Escrita: Notificar por escrito a la empresa sobre las situaciones de acoso, solicitando medidas preventivas. El ejercicio de este derecho por parte del trabajador, puede dificultar procesos de despido en realizados en represalia a la denuncia formulada.
- Solicitar Actuación: Pedir la activación de protocolos internos de prevención del acoso laboral.
- Consulta Médica: Acudir a un profesional de la salud para evaluar el estado físico y psicológico. Es importante, si fuera necesario, permanecer en seguimiento periódico de profesionales de la salud mental.
- Informar del Origen Laboral: Indicar al médico que los síntomas están relacionados con el entorno laboral.
- Obtener Informes Médicos: Solicitar informes que reflejen el diagnóstico y posible vinculación con el trabajo.
- Inspección de Trabajo: Denunciar la situación ante la Inspección de Trabajo para que investigue y constate incumplimientos empresariales en materia de seguridad y salud laboral. Es altamente recomendable que la denuncia se realice por abogados laboralistas especialistas en derecho sanitario.
- Por posibles delitos: Muchas de las conductas constitutivas de acoso, pueden estar previstas como delito en nuestro código penal, en cuyo caso, es recomendable, interponer denuncia penal o querella por acoso laboral. Es vital importancia estar correctamente asesorado durante todo antes, y durante el proceso judicial penal.
- Ante el INSS: Presentar una solicitud formal al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) para que el proceso de incapacidad temporal sea reconocido como derivado de accidente de trabajo.
- Aportar Documentación: Incluir toda la evidencia recopilada, informes médicos y comunicaciones con el empleador.
Consulte nuestra completa publicación sobre todo lo que debe de saber sobre la determinación de contingencias.
Es altamente recomendable que este proceso se haga asesorado por abogados laboralistas especializados en salud laboral.
- Demanda Laboral: Si el INSS no reconoce la contingencia, se puede interponer una demanda ante los juzgados de lo social para el reconocimiento de la contingencia profesional.
- Representación Legal: Contar con un abogado especializado en derecho laboral para asesorar y representar en el proceso. Es recomendable que su abogado laboralista domine cuestiones como el derecho sanitario y salud laboral.
4. Requisitos legales para demostrar el accidente de trabajo.
Para que una situación de acoso laboral sea reconocida judicialmente como accidente de trabajo, deben cumplirse ciertos requisitos:
- Causalidad Exclusiva: Debe demostrarse que la enfermedad o trastorno psíquico tiene su origen exclusivamente en el entorno laboral, sin influencias de factores personales o externos.
- Ausencia de Patología Previa: El trabajador no debe tener antecedentes de enfermedades psíquicas que pudieran ser agravadas por el trabajo.
- Prueba del acoso: Es esencial contar con pruebas que acrediten el acoso y sus efectos en la salud del trabajador, como por ejemplo, grabaciones, correos electrónicos, whatsapp y testigos.
- Informe Médico: Debe existir un diagnóstico médico que vincule directamente la enfermedad con las condiciones laborales.
Para que se reconozca que las enfermedades sufridas por acoso tienen su origen en un accidente de trabajo, hay que iniciar un procedimiento laboral denominado, determinación de contingencias.
5. Qué derechos tengo una vez se ha reconocido el accidente laboral.
Una vez que se ha reconocido la situación de acoso laboral como accidente de trabajo, el trabajador puede reclamar una serie de derechos, que puede llevar aparejadas importantes consecuencias económicas si este accidente se ha producido por un incumplimiento de la empresa de sus obligaciones preventivas. Estos derechos son:
- Percibir Prestaciones: Acceder a prestaciones económicas más favorables que las derivadas de contingencias comunes. Con carácter general, la calificación como accidente de trabajo, supone el reconocimiento al trabajador de una prestación por incapacidad temporal igual al 75 % de la base reguladora, pero hay convenios colectivos que incluso recogen un complemento adicional si la incapacidad temporal se debe a una contingencia profesional.
- Solicitar Indemnizaciones por daños: Si el trabajador ha sufrido daños a consecuencia del acoso laboral calificado como accidente de trabajo, puede reclamar a la empresa una indemnización por daños y perjuicios causados, siempre y cuando exista un incumplimiento empresarial de las obligaciones preventivas.
- Exigir Medidas Preventivas: Solicitar al empleador la implementación de medidas que eviten futuras situaciones de acoso.
- Recargo de Prestaciones: En casos de incumplimiento grave por parte del empleador en materia de prevención de riesgos laborales, puede solicitarse un recargo en las prestaciones de incapacidad pasadas y futuras que puede oscilar entre un 30% y un 50% de la prestación normal.
- Incapacidad Permanente: En los casos más graves, la persona trabajadora puede llegar a desarrollar serios problemas de salud mental, como ansiedad o depresión, y que si no se tratan a tiempo, pueden llegar a cronificarse. Si le interesa la temática, le invitamos a que consulte nuestro artículo sobre los requisitos para poder apreciar la Incapacidad Permanente por Depresión.
6. ¿Qué normas regulan la actividad preventiva en materia de acoso?.
El acoso laboral en España está regulado por un conjunto de normativas que buscan prevenir y proteger a los trabajadores frente a riesgos laborales, incluyendo los riesgos psicosociales como el acoso. Las principalesnormas aplicables son:
1. Ley General de la Seguridad Social (LGSS)
El artículo 156.2.e) de la LGSS define como accidente de trabajo «las enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, siempre que se pruebe que la enfermedad tuvo por causa exclusiva la ejecución del mismo». Esto incluye las enfermedades psíquicas derivadas del entorno laboral, como las causadas por el acoso laboral.
2. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL)
La LPRL establece el marco normativo para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores. Algunos artículos clave son:
- Artículo 14: Derecho a la protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El empresario tiene el deber de garantizar la seguridad y salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo.
- Artículo 16: Obliga al empresario a realizar una evaluación de riesgos y a planificar la actividad preventiva, integrando la prevención en todos los niveles de la empresa.
- Artículo 4.7.d): Define las condiciones de trabajo que deben ser consideradas, incluyendo «todas aquellas otras características del trabajo, incluidas las relativas a su organización y ordenación, que influyan en la magnitud de los riesgos a que esté expuesto el trabajador».
- Artículo 15.1.g): Indica que la prevención debe planificarse «buscando un conjunto coherente que integre en ella la técnica, la organización del trabajo, las condiciones de trabajo, las relaciones sociales y la influencia de los factores ambientales en el trabajo».
3. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, Reglamento de los Servicios de Prevención
Este reglamento desarrolla las disposiciones de la LPRL respecto a los servicios de prevención en las empresas:
- Artículos 1 y 2: Obligan a las empresas a integrar la prevención en el sistema general de gestión, incluyendo la organización del trabajo y las relaciones sociales.
- Artículo 2.1.b) y c): Destaca la importancia de los cauces de comunicación entre los niveles jerárquicos y los procedimientos organizativos existentes en la empresa.
4. Notas Técnicas de Prevención (NTP) del Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST)
Las NTP son guías que ofrecen recomendaciones prácticas a empresarios sobre la manera en que debe de desarrollarse la actividad preventiva.
- NTP 489: Violencia en el Trabajo: Amplía el concepto de violencia más allá de las agresiones físicas, incluyendo conductas verbales o físicas amenazantes, intimidatorias y acosantes. Resalta la necesidad de medidas preventivas específicas y generales para proteger a los trabajadores.
- NTP 891: Procedimiento de Solución Autónoma de los Conflictos de Violencia Laboral: Propone una actuación preventiva proactiva e integral, centrada en la empresa y no solo en soluciones individuales o reactivas. Aboga por la implementación de procedimientos internos que adopten medidas correctivas negociadas y sostenibles en el tiempo.
7. Sentencias Relevantes sobre Acoso Laboral.
El acoso laboral, ha sido objeto de numerosas sentencias en España que han contribuido a perfilar su definición, características y consecuencias legales. A continuación, se presentan algunas de las sentencias más relevantes en esta materia:
1. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Las Palmas, de fecha 22/06/2023, Recurso de Suplicación 975/2022.
- Explicación: Esta sentencia establece criterios para considerar las psicopatologías o enfermedades psíquicas como derivadas de accidente de trabajo. Clasifica los casos en los que una enfermedad mental puede ser considerada accidente laboral, incluso sin que medie un accidente físico previo, siempre que la causa exclusiva sea el trabajo.
- Importancia: Proporciona una base jurídica para reconocer que los trastornos psicológicos derivados exclusivamente del entorno laboral pueden ser calificados como accidente de trabajo, incluso en ausencia de un evento traumático físico. Esto es crucial para casos de acoso laboral que generan daños psíquicos.
2. Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, Las Palmas, de fechas 28/09/2015 (Recurso 650/2015) y 20/06/2013 (sentencia 997/2013).
- Explicación: Estas sentencias refuerzan la interpretación de que enfermedades psiquiátricas pueden ser consideradas accidentes de trabajo si se demuestra que la causa exclusiva es el trabajo. Detallan cómo, incluso en ausencia de incumplimientos empresariales o conductas ilícitas, el estrés y las tensiones derivadas del trabajo pueden ser causa suficiente.
- Importancia: Aportan jurisprudencia consolidada que avala la consideración de trastornos mentales como accidentes laborales, enfatizando que lo relevante es la causalidad laboral y no necesariamente la existencia de conductas ilícitas por parte del empleador.
3. Sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco de 04/03/2008.
- Explicación: Esta sentencia clarifica que, para considerar una enfermedad como accidente de trabajo bajo el artículo 115.2.e) de la LGSS (ahora 156.2.e), es necesario que la causa exclusiva sea el trabajo. Si existen múltiples causas, algunas ajenas al ámbito laboral, no se puede calificar como accidente laboral.
- Importancia: Establece criterios claros sobre la causalidad exclusiva del trabajo en la enfermedad para su consideración como accidente laboral, lo cual es fundamental al evaluar casos de acoso laboral donde puedan existir factores externos.
4. Sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 18 de enero de 2005.
- Explicación: En esta sentencia, el Tribunal Supremo reconoce como accidente de trabajo el trastorno adaptativo de un trabajador (ertzaina) causado por presiones, amenazas e insultos recibidos por su condición profesional, aunque estos eventos ocurrieran fuera de sus actividades laborales.
- Importancia: Amplía el concepto de accidente laboral al incluir trastornos psicológicos originados por la condición profesional del trabajador, incluso si los eventos no ocurren en el lugar o tiempo de trabajo. Esto es relevante para casos de acoso laboral que trascienden el espacio físico del trabajo.
5. Sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 19/05/2011 y del Tribunal Supremo de 19/06/2012.
- Explicación: Estas sentencias introducen el concepto de «acoso moral putativo», donde el trabajador se siente acosado sin que exista objetivamente dicho acoso. Reconocen que si la enfermedad psicológica tiene su origen en el trabajo, aun siendo subjetiva, puede ser considerada accidente laboral.
- Importancia: Aportan un enfoque innovador que reconoce el impacto psicológico del entorno laboral en el trabajador, incluso cuando no se pueda probar objetivamente el acoso. Esto es esencial para proteger a trabajadores que sufren trastornos por percepciones subjetivas del ambiente laboral.
8. Conclusión.
El reconocimiento del acoso laboral como accidente de trabajo es un proceso que exige la comprensión del marco legal y una actuación decidida por parte del trabajador. La legislación española proporciona las herramientas necesarias para proteger a los empleados, pero es esencial que estos estén correctamente asesorados y actúen de manera proactiva.
Por su parte, las empresas deben cumplir con sus obligaciones legales, no solo para evitar sanciones, sino para garantizar el bienestar de sus empleados y promover una cultura organizacional saludable y productiva.
Si considera que ha sufrido daños por acoso laboral, y desea informarse sobre los derechos que le asisten como trabajador, es altamente recomendable contar con los conocimientos de abogados especializados en acoso laboral.